martes, 4 de agosto de 2015

LIBROS QUE DEBEN LLEVAR LAS COOPERATIVAS

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LIBROS QUE DEBEN LLEVAR LAS COOPERATIVAS LIBROS PRINCIPALES QUE DEBEN SER LLEVADOS POR LAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS • Libro de registro de Asociados y Asociadas • Libro de Actas de Asambleas Ordinarias y Extraordinarias • Libro de Asistencia a las Asambleas • Libro de Actas por cada Instancia de la Cooperativa. • Libros de Contabilidad: Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Estos libros deben estar autenticados por ante la Notaría Pública del domicilio que le corresponda y en caso que no hubiere, corresponde al Tribunal del Municipio, ésta autenticación es lo que le da valor jurídico a la información que ahí se encuentre. Los adelantos de la informática han facilitado sofisticados programas de computación (Software) para el registro y control de las actividades contables. La nueva tecnología permite realizar un trabajo más rápido, preciso, seguro y eficiente, no obstante este registro contable deberá ser impreso en hojas debidamente autorizadas por la notaría, empastados, numerados y foliados. Las actas y los registros que se asienten en Libros que no hayan sido debidamente autorizados, carecen de validez.

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